Mediante la Resolución Nº409/21 la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia aprobó el nuevo reglamento de pesca deportiva para la temporada 2021-2022, en el documento se especifican lugares y fechas habilitadas, especies, tamaños y cantidades permitidas; se detallan los elementos a utilizar en cada río o embalse de la Provincia.
En el marco de la pandemia por el COVID-19, los alcances y vigencia de la reglamentación quedan supeditados al “Protocolo Sanitario”; y a las medidas sanitarias de aislamiento, circulación. De la misma manera, para practicar la pesca deportiva en todos los ríos y embalses del territorio provincial es necesario contar con el permiso de pesca que es único e intransferible. Reglamento de Pesca: https://bit.ly/3r2oQl4
La caza deportiva menor podrá realizarse hasta el próximo 15 de agosto, siguiendo los protocolos sanitarios y contando con la licencia de caza de carácter intransferible. Sólo podrá realizarse los días, viernes, sábados, domingos, y feriados provinciales y nacionales, y en horario diurno entre las 6 am y las 20 pm en los departamentos Rivadavia, Anta, Metán, Rosario de la Frontera, Chicoana, La Viña, Guachipas, Orán, y San Martín.
El cazador deberá contar con la autorización del propietario del campo, y portar la Hoja de Ruta, sujeto a las disposiciones establecidas por cada municipio en el marco de sus competencias. Las especies permitidas son Paloma torcaza o Sacha, Paloma turca o Picazuró, Paloma manchada, Perdiz chica común, Perdiz Montaraz, Pato Cutirí y Liebre europea. Reglamento de Caza: https://bit.ly/2UKvRus
Valle de Lerma Hoy