
La sentencia de primera instancia había sido apelada por la empresa de televisión satelital. El servicio fue contratado por un cliente para dos cuentas independientes a prestarse en Finca Pucará, en Rosario de Lerma y el pago del servicio fue por débito automático de la tarjeta de crédito.
El cliente advirtió que no se le prestaba el servicio en una de las cuentas por lo que comenzó el reclamo en forma telefónica. La empresa le recomendó por esta vía desconocer el servicio de una cuenta. Pero al comenzar el reclamo administrativo en Secretaría de Defensa del Consumidor el cliente advirtió que debía desconocer otra cuenta distinta a la que se le sugiriera en forma telefónica.
Valle de Lerma Hoy
