Con fecha 26 de Marzo del corriente año, se conoció que los jueces de la Sala I del Tribunal de Impugnación, Ramón Esteban Medina y Pablo Arancibia, rechazaron los recursos de casación que interpusieron las defensas de Aldo Darío Vargas y Celia Karina Cardozo, y confirmaron así el fallo condenatorio que la Sala III del Tribunal de Juicio había dictado en su contra. Ordenaron además, que el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas inscriba el deceso de la joven Noelia Yohana Rodríguez, ya que se tuvo por acreditado el mismo luego del proceso penal llevado adelante.
Los jueces de alzada tuvieron en cuenta para confirmar las condenas impugnadas, que el hecho de no haber sido hallado el cuerpo de la víctima no resulta obstáculo en el caso, ya que las leyes vigentes permiten probar la muerte de una persona. En Mayo del año 2.016 fue condenado Aldo Darío Vargas, alias Gringo, a la pena de prisión perpetua por resultar coautor material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por el género y por femicidio en concurso real con el delito de estelionato, en perjuicio de Noelia Yohana Rodríquez. Celia Karina Cardozo, alias Tutú, fue condenada a la pena de veinte años de prisión por resultar coautora material y penalmente responsable del delito de homicidio simple. Además, agregaron que de los recursos presentados por las defensas no surge que nieguen la muerte de la víctima, sino que se la imputan recíprocamente.
Los abogados de Vargas y Cardozo, intentaron en este tiempo, menguar la pena con estrategias judiciales, que hasta el momento, les ha resultado vanas y sin el suficiente sustento legal para ser tenidas en cuenta en la impugnacion de la condena.
Valle de Lerma Hoy / Poder Judicial de Salta