La iniciativa faculta al Ministerio de Salud a recuperar los costos de atención médica de conductores que ocasionen siniestros bajo los efectos del alcohol o drogas. “La obligación de hacerse cargo de los gastos no admite excepciones, por este motivo quienes acrediten estado de insolvencia deberán cancelarla con servicios comunitarios”.
Entre sus artículos el proyecto propone: “facultar al Ministerio de Salud Pública, a través del organismo correspondiente, a efectuar los trámites correspondientes al cobro o recupero de las prestaciones de salud, medicamentos, prótesis y órtesis que se hubieran destinado en beneficio de las personas que, conduciendo bajo los efectos de alcohol y/o estupefacientes, ocasionen accidentes de tránsito que requieran su atención médica en los efectores del Sistema de Salud Pública”.
Otro de sus artículos expresa que “ante la falta de pago por parte de los obligados y transcurridos sesenta (60) días corridos desde la facturación del arancel, o ante el incumplimiento del servicio comunitario de conformidad a lo que determine la reglamentación, la Autoridad de Aplicación y/o los Efectores de Salud Pública que ella disponga, emitirán un certificado de deuda que constituirá título ejecutivo suficiente, en los términos del artículo 533 inciso 7 de la Ley N° 5.233 y sus modificatorias”.
Valle de Lerma Hoy