Alejandro José Ramiro Paz, de 34 años, fue condenado a prisión perpetua por el homicidio y abuso sexual de su hija de ocho meses de edad. Todo sucedió en 2023, el hombre se había mudado desde Guachipas, un mes antes, a vivir con la madre y la beba en Salta Capital.
El 11 de agosto de 2023, alrededor de las 17.40, dos policías que realizaban patrullaje peatonal por la avenida Felipe Varela vieron a un hombre que corría con un bebé en brazos en dirección al Centro de Salud de barrio Finca Independencia. Se acercaron y el sujeto les dijo que necesitaba ayuda para su hija porque no respiraba. Tocaron el timbre y el personal del centro asistencial trasladó a la menor a la guardia, donde intentaron reanimarla infructuosamente. La bebé ya no tenía signos vitales.
Cuando interrogaron al acusado, este adujo que aparentemente su hija había tragado agua y se había ahogado mientras él la bañaba bajo la ducha. Sostuvo que apenas advirtió que estaba desvanecida la secó y le hizo masajes para hacerla reaccionar. Como no lo logró corrió al centro de salud. Aseguró que esto había ocurrido hacía alrededor de diez minutos.
La autopsia concluyó que la causa del deceso de la menor era TEC grave, hemorragia dural y subdural. Además, presentaba otras lesiones en su cuerpo y signos de abuso sexual. Al momento de los hechos, el sujeto se encontraba solo con la bebé en el domicilio que alquilaba la madre de la menor en barrio Santa Cecilia. Ella había salido a trabajar. El imputado se había mudado a vivir con ella el 24 de julio de ese mismo año.
Anteriormente residía en Guachipas, pero le había propuesto a su pareja que convivieran porque quería tener una relación más formal. La mujer ya lo había denunciado por episodios de violencia en su contra.
El juez Ángel Amadeo Longarte encontró Alejandro José Ramiro Paz autor de los delitos de homicidio triplemente agravado por el vínculo, alevosía y por mediar violencia de género, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo en perjuicio de su hija menor de edad, y de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por mediar violencia de género (dos hechos), amenazas con arma y amenazas en perjuicio de la madre de la menor.
Valle de Lerma Hoy