En julio del año pasado el profesor de 31 años de una escuela técnica de Chicoana comenzó a mandarle mensajes por whatsapp a una alumna. “¿Te querés ganar la nota del segundo trimestre?”, decía uno. El hombre era maestro mayor de obra además de docente en la escuela a la que asistía la víctima y fue condenado por acoso virtual (grooming) a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.
La denuncia fue presentada por el padre de la adolescente de 16 años, alumna del profesor en un taller de albañilería que dictaba en el tercer año de la escuela. La menor le había llamado a su papá para contarle que su profe la acosaba. La adolescente le contó que en julio de 2024, el profesor comenzó a enviarle mensajes por whatsapp.
En estos mensajes, el adulto intentaba manipular a la joven para que accediera a encuentros fuera del ámbito escolar a cambio de obtener buenas calificaciones en su taller. Los mensajes, de acuerdo con la denuncia, incluían ofrecimientos directos como “¿Te querés ganar la nota del segundo trimestre? Una botella de vodka y una hora y listo”.
También le contó que algunas veces, mientras se encontraba en el patio de la escuela, el acusado la sujetaba por la cintura y los brazos, al igual que a otras compañeras. La preocupación del denunciante se intensificó cuando supo que dos compañeras de su hija, que también habrían sufrido el mismo acoso, decidieron cambiarse de colegio.
Finalmente, en la audiencia flexible y multipropósito celebrada ante la jueza de Garantías Ada Zunino, se llegó a un acuerdo de juicio abreviado. Durante la audiencia, el acusado reconoció su participación y responsabilidad en los hechos imputados y manifestó su conformidad con la pena acordada, ofreciendo además disculpas a la víctima y a su familia por el daño y las molestias ocasionadas.
Debido a la modalidad de la pena impuesta, se ordenó su libertad, aunque esta dependerá del cumplimiento de una serie de reglas de conducta por el término de dos años. Entre estas reglas, se destacó la prohibición de acercamiento en un radio de seiscientos metros respecto de la denunciante y su grupo familiar, y la obligación de someterse a tratamiento psicológico previo dictamen médico sobre su idoneidad y necesidad. Otro punto importante de la sentencia es la inhabilitación para ejercer la docencia por el término de la condena, lo que fue comunicado a la Junta de Calificación de Méritos y Disciplina del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Valle de Lerma Hoy